CONCEPTO TLCAN
El TLCAN es un acuerdo de libre comercio, cuyo propósito esencial
es promover el comercio de bienes y servicios y la inversión en la región
de América del Norte. El TLCAN también se propone asegurar un acceso
seguro y estable de los productos regionales al mercado norteamericano y
proteger los derechos de los inversionistas regionales mediante el establecimiento de mecanismos eficientes de solución de controversias. Finalmente, el tratado busca incrementar la cooperación entre los tres países
en materia ambiental y laboral, y asegurar el cumplimiento de la legislación en dichas materias.
Ninguno de los tres países se propuso, a inicios de los años noventa
del siglo pasado, negociar un acuerdo de integración económica más amplio y profundo como una unión aduanera, mercado común y, mucho menos, una comunidad económica.
¿Por qué razones se escogió la fórmula de un área de libre comercio
para negociar y no otra?
Durante los primeros siete años de operación del TLCAN uno puede
observar que ha existido un alto nivel de cumplimiento por parte de nuestros países. Los procesos de desgravación han sido ejecutados de acuerdo
con los calendarios; de hecho ha habido varias instancias de aceleramiento de la desgravación arancelaria de diversos productos de interés para los
tres países. Igualmente, la reducción de las barreras no arancelarias (principalmente las cuotas) también se ha cumplido en los términos establecidos en el acuerdo. Esto sin duda es muy importante dados los efectos políticos potencialmente disruptivos que ocasionó la crisis financiera de
1994 a 1995 en México.
Como resultado de la desgravación arancelaria, la eliminación de barreras y la certidumbre del acceso a los mercados de los países socios del
TLCAN, el comercio de México con Estados Unidos y Canadá ha registrado un importante crecimiento. En estos siete años, las exportaciones de
productos manufacturados de México a Estados Unidos crecieron, entre
1991 y 1993, a una tasa de 26% anual, por encima de la tasa de crecimiento de los productos minerales y primarios, incluido el petróleo.
Igualmente, el TLCAN ha propiciado un aumento importante de la
inversión estadounidense y canadiense, principalmente la primera, en
nuestro país, y sin duda el crecimiento tanto del comercio como de la inversión fue factor importante para propiciar la recuperación rápida de la
economía mexicana luego de la crisis financiera de 1994/1995.
Conviene mencionar aquí que el crecimiento tan acelerado y fuerte
del comercio e inversión trilaterales no sólo se ha debido al TLCAN, sino
a la confluencia de otros factores favorables como la devaluación del
peso, y la fortaleza (hasta muy recientemente) de la economía estadounidense; sin embargo, sí es importante destacar que el crecimiento y dinamismo se ha dado en mayor medida en sectores económicos de los tres
países en los que el proceso de liberación económica (tanto comercial y financiero) promovido por el TLCAN se encuentra más avanzado: por
ejemplo, los sectores automotriz y de autopartes, electrónico, textil y del
vestido, etcétera.
Tanto México como Canadá dieron a este objetivo una prioridad fundamental en la negociación. La idea es que un acceso seguro y estable de
los productos regionales al Mercado norteamericano sólo se logra si los
tres países se sujetan a un sistema de reglas claras precisas y vinicultorias. Rule of law por encima de la negociación burocrática.
A fin de alcanzar este objetivo, el TLCAN establece numerosas obligaciones entre los países firmantes mediante un instrumento escrito altamente detallado y preciso. Este instrumento incorpora además un sistema
de resolución de controversias, el cual descansa sustancialmente en un
sistema neutral de árbitros, expertos independientes de los gobiernos.
El TLCAN es uno de los acuerdos comerciales más elaborados que
se han firmado entre cualquier grupo de países en las últimas dos décadas; está compuesto de 22 capítulos en los cuales se detallan una serie
de obligaciones en materia de comercio de bienes, servicios, inversión,
propiedad intelectual, barreras técnicas al comercio, medidas sanitarias y fitosanitarias, resolución de controversias, etcétera. Incluye además una serie de anexos que elaboran y detallan las obligaciones de las partes;
su nivel de detalle es superior al acuerdo de la OMC o al del Mercosur,
pero no al de la UE.
A fin de asegurar el cumplimiento del mismo.
Recuperado de:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/749/9.pdf
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